Punto de Reclamo

Requisitos para la postulación al cargo de Directores titulares socios, Director titular independiente, Fiscalizador interno titular y Fiscalizador interno suplente

6 de marzo del 2026

Habiendo convocado el Directorio a la realización de la Asamblea General Ordinaria de Socios para el día 18 de marzo de 2026, en la que se procederá a la elección de tres Directores titulares socios, un Director titular independiente, un Fiscalizador Interno titular y un Fiscalizador Interno suplente; el Comité Electoral de “La Primera” EFV comunica que quienes postulen a dichos cargos deben cumplir los siguientes requisitos:

REQUISITOS PARA LA POSTULACIÓN AL CARGO DE DIRECTORES TITULARES SOCIOS, DIRECTOR TITULAR INDEPENDIENTE, FISCALIZADOR INTERNO TITULAR Y FISCALIZADOR INTERNO SUPLENTE 

Las postulaciones serán recibidas en sobre cerrado y rotulado “Postulación a Director titular socio”, “Director titular independiente” o “Fiscalizador Interno titular o suplente” según corresponda, en Secretaría de Gerencia General de “La Primera” EFV (Av. Mariscal Santa Cruz N° 1364 zona Central de la ciudad de La Paz) hasta hrs. 12:00 del día martes 10 de marzo de 2026, impostergablemente, debiendo acompañarse todos los requisitos establecidos en el Reglamento del Comité Electoral que se detallan a continuación:

1. Presentar una carta de postulación al cargo de Director titular socio, Director titular Independiente o Fiscalizador Interno titular o suplente, autorizando expresamente al Comité Electoral la verificación de la veracidad de los aspectos declarados según el requisito del numeral 6 siguiente, así como la confirmación ante instituciones públicas o privadas de cualquier otra información relacionada con su postulación, y la declaración expresa de cumplir con todos los requisitos establecidos y el no incurrir en las prohibiciones señaladas en disposiciones legales, reglamentarias y estatutarias.

2. Presentar fotocopia de su cédula de identidad en vigencia.

3. Tener dieciocho (18) o más años cumplidos a momento de su postulación.

4. Acompañar un certificado emitido por “La Primera” EFV que acredite que es socio de la Institución y que no cuenta con créditos en mora en “La Primera” EFV. (En el caso de postulantes a Director Independiente, el tenor del certificado referido en el presente numeral sólo deberá acreditar que no cuenta con créditos en mora con “La Primera” Entidad Financiera de Vivienda).

5. Presentar Certificación de Endeudamiento o Informe emitido por la ASFI que acredite que no cuenta con créditos en mora en el Sistema Financiero ni se halla reportado en la Central de Información Crediticia de ésa entidad fiscalizadora.

6. Adjuntar una declaración jurada elaborada por ante Notario de Fe Pública por la cual el declarante señale: no tener relación de parentesco con funcionarios, directores o fiscalizador interno de la Entidad hasta el segundo grado de consanguinidad y segundo grado de afinidad, no ser o haber sido parte demandante, denunciante o querellante en procesos judiciales o administrativos de cualquier índole contra “La Primera” Entidad Financiera de Vivienda, no tener sentencia condenatoria por la comisión de delitos y no encontrarse comprendido dentro de las prohibiciones de los Artículos 153 y 442 (modificado por la Disposición Adicional Tercera de la Ley N° 840 de 27 de septiembre de 2016) de la Ley N° 393 de Servicios Financieros. 

7. Presentar un resumen de su hoja de vida exponiendo detalladamente los cargos, actividades, oficios u otros desempeñados hasta la fecha de la postulación.

8. Contar con solvencia moral y ética profesional.

9. Los postulantes a Fiscalizador Interno, además deberán cumplir con los requisitos y no encontrarse comprendidos dentro de los impedimentos establecidos en los artículos 4 y 5, sección 2, del Capítulo I, Título IX, Libro 3° de la Recopilación de Normas para Servicios Financieros (Reglamento para el Síndico, Inspector de Vigilancia y Fiscalizador Interno).

10.En el caso de los candidatos a director independiente, de conformidad al numeral 39.2 del artículo 39 del Estatuto y artículo 437 de la Ley de Servicios Financieros, deberán contar con reconocido prestigio profesional y acreditar una amplia experiencia en el ámbito financiero.

Los nombres de los candidatos habilitados serán comunicados mediante publicación en la Oficina Central, Sucursal, Agencias y sitio web oficial de “La Primera” EFV, el día 10 de marzo de 2026.


La Paz, marzo de 2026

Comité Electoral de “La Primera” Entidad Financiera de Vivienda

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